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Me entra humo de la chimenea del vecino

Me entra humo de la chimenea del vecino

¿El humo de la chimenea del vecino y el olor de esta entra en tu vivienda? Se trata de un problema frecuente en viviendas unifamiliares que se encuentran próximas o en pareados. Y suele tener como solución la reorientación de su salida de humos o, incluso, de la nuestra.

Y es que, a veces, el viento juega en contra al respecto, propiciando que el humo que sale de la chimenea del vecino se cuele por la nuestra.

Verificar si la causa responde a este fenómeno será cosa de profesionales, pues no es sencillo de detectar y, de hacerse, hay que poner en marcha las medidas correctivas necesarias.

Entra humo de la chimenea del vecino en pareados 

En ocasiones, dos viviendas comparten la misma salida de humos al exterior. Es decir, cada una cuenta con un tubo diferenciado pero comparten la mocheta exterior o la caperuza. En estos casos, si estas últimas no están bien diseñadas o colocadas, pueden funcionar a la inversa, es decir, en vez de propiciar la salida de humos, pueden revocarlos hacia el interior.

También puede suceder que una de las salidas esté por encima de la contigua, aunque sea ligeramente, lo cual propicia que el humo sea empujado de la zona compartida y diáfana hacia el interior de la chimenea.

En definitiva, es importante corroborar, a manos de un experto, que la instalación de la salida de humos es adecuada y sujeta a la norma. En el caso de comunidades de vecinos, será el presidente de dicha comunidad o la entidad gestora la que deberá realizar dicha consulta.

También es importante averiguar si existe algún tipo de obstáculo que evite el buen funcionamiento de la salida de humos. De hecho, las causas de la obstrucción de la chimenea pueden ser varias, una muy común es la acción de los pájaros, es decir, el asentamiento de aves en la boca de la chimenea, que queda obstruida por los grandes nidos.

¿Qué dice la normativa respecto a la salida de humos de la chimenea?

Hay que señalar que existe una normativa de salida de humos en viviendas con el fin de proteger a los ciudadanos de tales molestias, tanto a los inquilinos de la viviendas como a los viandantes. Dicha regulación, recogida por el Real Decreto 919/2006, impone ciertos criterios sobre ubicación y distancia de seguridad respecto a ventanas, suelo, sistemas de ventilación, etc. 

Por ejemplo, según la normativa, la distancia de seguridad de las chimeneas respecto al tejado de la vivienda ha de ser de al menos a 2,5 metros, y respecto de las ventanas, de al menos uno por encima y lateralmente en comunidades de vecinos.

Por otra parte, si el edificio no supera los 20 metros, las chimeneas han de ubicarse al menos un metro por encima de esos otros que tengan una altura inferior a 10 metros. En el caso de fincas bajas o de una sola planta, la distancia respecto al suelo ha de ser de al menos 2,20 metros.

Cuando la salida está en la fachada, esta no puede sobresalir más de 3 centímetros y en el caso de tener otra pared con ventanas en frente, la distancia tendrá que ser de al menos 3 metros.

Estos son solo algunos ejemplos de los criterios que han de tenerse en cuenta para garantizar la correcta evacuación de humos y evitar problemas con los vecinos al respecto.

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