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Qué hacer si se tiene un vecino moroso

Qué hacer si se tiene un vecino moroso

Qué hacer si se tiene un vecino moroso es una de las preguntas más frecuentes en una comunidad de vecinos. En este artículo despejamos toda duda que puedas tener.

Una de las principales fuentes de problemas en una comunidad de vecinos es la existencia de propietarios que no abonan los gastos de la comunidad o lo demoran todo lo que pueden. De hecho qué hacer si se tiene un vecino moroso es una de las preguntas recurrentes en cualquier comunidad de propietarios que se precie. Y no es para menos.

Así que en este artículo hemos decidido contarte qué debéis hacer si tenéis un vecino moroso que obvia sus responsabilidades, una de las reglas básicas para la convivencia en una comunidad de vecinos.

Qué hacer si se tiene un vecino moroso, 2 vías

Agotar la vía diplomática

Antes de recurrir a cualquier vía de carácter legal para solventar el problema, hay que agotar todas las vías diplomáticas.

Desde Limpiezas Morga os recomendamos, en primer lugar, hablar con el deudor e intentar de este modo solucionar la situación de morosidad. Aunque dependerá de cada situación en particular, no es lo mismo un vecino que no abona los pagos sin justificación a uno que sí lo hace y además no tienen ningún tipo de antecedente.

En este sentido, también es posible proponer al deudor un plan de pagos, es decir, ofrecerle posibles soluciones como el pago a plazos. En definitiva, darle todos las facilidades y mostrarnos comprensivos.

Recurrir a vías legales

La segunda posible solución ante una situación de morosidad en una comunidad de vecinos es recurrir a la vía legal.

Existen recursos legales a disposición de los vecinos como privar al deudor de su derecho a voto o hacer visible la situación de morosidad.

Si aún así el vecino siguiera sin pagar, la Ley de Propiedad Horizontal y el Código civil establecen que entonces la comunidad de vecinos deberá presentar acciones judiciales en 3 meses desde la fecha del acuerdo de la junta.

Pasos para el procedimiento monitorio:

  1. Confirmar que el deudor es el propietario de la vivienda solicitando una nota simple al Registro de la Propiedad.
  2. Convocar una junta extraordinaria para aprobar la liquidación de la deuda. En el acta deberán constar los impagos de manera detallada.
  3. Notificar el acta y el acuerdo a todos los propietarios y al deudor a través de una carta certificada, acuse de recibo o burofax. El deudor tendrá 20 días para solventar sus deudas. En caso de no recogerla se podrá hacer público en el tablón de anuncios de la comunidad.
  4. El presidente debe reclamar la deuda ante el juzgado.
  5. Si el deudor no paga en 20 días ni presenta oposición, el juez dicta auto de ejecución contra los bienes del moroso.
  6. Si se opone habrá un juicio verbal o el juez presentará una demanda de juicio ordinario para terminar de reclamar la deuda.

A través del admininstrador de fincas

Aquellas comunidades de vecinos que cuentan con un administrador de fincas podrán recurrir a él para reclamar la deuda.

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